Cámbiate a Prima AFP y disfruta de nuestros beneficios

normaspublicaciones-hombre-mujer-conversando-viendo-laptop.webp

Normas y publicaciones

Te acompañamos para que estés informado. Conoce las nuevas leyes, normas y comunicados importantes de forma clara.

normaspublicaciones-hombre-mujer-conversando-viendo-laptop.webp
una-flecha-derecha

¿Conocías sobre la Ley de reinserción económica y social?

Si estás en el extranjero y tienes planes de regresar al Perú, tenemos buenas noticias: existe una ley diseñada especialmente para ayudarte en tu retorno.

anuncio-dark

Esta ley te brinda beneficios tributarios para que volver a Perú sea mucho más sencillo.

¿Conocías sobre la Ley de reinserción económica y social?

¿Quiénes pueden acceder a estos beneficios?

Si estás pensando en volver al Perú, esta Ley puede ayudarte. Mira si aplicas:

    Volviste por decisión propia

    Si viviste al menos 3 años seguidos en el extranjero, puedes acceder a los beneficios.

    Tuviste que volver por tu situación migratoria

    Si regresaste de forma forzada, aplica con 2 años continuos en el exterior.

¿Qué beneficios tributarios obtienes?

Al regresar, puedes traer tus bienes sin pagar impuestos, dentro de estos límites: - Menaje de casa: hasta US$ 30,000 - Un vehículo: hasta US$ 30,000 - Herramientas de trabajo: hasta US$ 150,000 Todo pensado para que tu retorno sea más fácil desde el primer día.

¿Piensas solicitar tus beneficios?

¡Perfecto! Te explicamos cómo es el proceso:

1

Solicita tu "Tarjeta del Migrante Retornado"

una-flecha-abajo

Puedes hacerlo en las oficinas consulares en el exterior o en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Perú. Puedes hacerlo 90 días antes o después de tu regreso.

2

Declaración jurada

una-flecha-abajo

Descarga y firma la Declaración Jurada.

3

Solicita tus beneficios ante la Sunat

una-flecha-abajo

Puedes activar tus beneficios hasta 4 meses después de la obtención de tu tarjeta.

Prepara tu documentación

Para que tu trámite sea más ágil, reúne lo siguiente:

una-flecha-derecha

Documentos

bullet

Copia autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Tarjeta del Migrante Retornado.

bullet

Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente.

bullet

Documento que acredite la propiedad del vehículo automotor.

 

una-flecha-derecha

Certificados y otras documentaciones

bullet

Certificado de movimiento migratorio que acredite su fecha de ingreso al país, cuando la Tarjeta del Migrante Retornado ha sido obtenida en el extranjero.

bullet

Lista detallada, valorizada y suscrita por el solicitante de todos los bienes y la documentación sustentatoria de su valor, de acuerdo a las normas de valoración vigente, pudiéndose tener en cuenta para tal fin, las facturas, contratos de venta, entre otros.

bullet

Perfil del proyecto destinado a una área productiva vinculada directamente a su trabajo, profesión, oficio o actividad empresarial que pretenda desarrollar en el país, con indicación expresa del uso que se dará a los bienes que desea ingresar; así como un documento de compromiso de iniciar la actividad dentro del plazo de doce (12) meses computado desde el día siguiente de la notificación de la resolución que otorga los incentivos tributarios.

bullet

Compromiso de no transferir a terceros los bienes sujetos al beneficio antes de los tres (3) años.

bullet

Para el cómputo de los períodos anteriormente indicados, no se considerarán las visitas realizadas al Perú por períodos que no excedan de 90 (noventa) días calendarios, sean estos consecutivos o alternados.

 

una-flecha-derecha

Declaraciones Juradas

bullet

Declaración Jurada manifestando su decisión de residir en el Perú por un plazo no menor a tres (3) años. Para efecto de contabilizar los tres (3) años no se consideran como salidas del país las menores a treinta (30) días consecutivos o sesenta (60) días alternados por año calendario computado a partir de la fecha de otorgamiento del beneficio.

bullet

Declaración Jurada, de ser el propietario de los bienes a que se refieren el artículo 3º de la Ley, y que los del inciso c) del referido artículo están vinculados directamente a su trabajo, profesión, oficio o actividad empresarial que pretendan desarrollar.

bullet

Declaración Jurada que determine condición de científico o investigador y documento que indique expresamente el uso que se dará a los bienes que desea ingresar así como un documento de compromiso de iniciar su labor dentro del plazo de doce (12) meses computado desde el día siguiente de la notificación de la resolución que otorga los incentivos tributarios.

Aclaramos todas tus dudas de manera fácil

Aquí estamos para ti.

Documentos y descargas

Están aquí cuando los necesites.

Comunicación para afiliados y/o beneficiarios